LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2007, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación sobre impuestos medioambientales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 30. Obligados tributarios.

Artículo 30. Obligados tributarios.

1. Son sujetos pasivos del impuesto en calidad de contribuyentes las personas físicas o jurídicas o entidades del artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que sean titulares de las instalaciones de las líneas eléctricas aéreas de alta tensión que generen el hecho imponible del impuesto en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Serán responsables solidarios del pago del impuesto las personas que exploten las líneas eléctricas aéreas de alta tensión que generen el hecho imponible cuando no coincidan con quienes sean titulares de las mismas.

Se modifica por la disposición final 1.3 de la Ley 2/2024, de 23 de mayo. BOE-A-2024-11538

Se modifica por el art. 8 de la Ley 10/2015, de 28 de diciembre. BOE-A-2016-822

Se renumera el art. 36 como 30 por el art. 28.2 de la Ley 3/2012, de 8 de marzo. BOE-A-2012-5203

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de mayo de 2024 En vigor BOE-A-2024-11538 Leer Qué cambió
1 de enero de 2016 BOE-A-2016-822 Leer Qué cambió
20 de marzo de 2012 BOE-A-2012-5203 Leer Qué cambió
4 de octubre de 2007 BOE-A-2007-90039 Leer

← Artículo 29 bis Índice Artículo 31 →