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Legislación › Decreto-Ley 1/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo 40. Notificaciones electrónicas.

Artículo 40. Notificaciones electrónicas.

Las notificaciones electrónicas emitidas por órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus organismos públicos con carácter previo a la suspensión de los plazos y cuyo periodo de puesta a disposición se viera afectado por dicha suspensión, deberán volver a ser emitidas una vez levantada la suspensión por el plazo restante de puesta a disposición.

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