Legislación › Decreto-Ley 1/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 45. Traslado de medios humanos a emergencias.
Artículo 45. Traslado de medios humanos a emergencias.
Se considerará causa justificada, en el marco establecido por el artículo 7 del Real Decreto 463/2020 en lo referente a la limitación de libertad de circulación por vías o espacios de uso público, el traslado de medios humanos a emergencias, sin perjuicio de la adopción de las medidas de protección de los ocupantes de los vehículos compatibles con la urgencia de la situación.


