LexTotal

Legislación › Decreto-ley

Decreto-ley 6/2020, de 17 de abril, de medidas urgentes de carácter social dirigidas a las personas en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Derogada o sin vigencia Comunidad Autónoma de Canarias · Publicada el 22 de abril de 2020 · Último cambio el 4 de noviembre de 2020 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. TÍTULO I
  4. CAPÍTULO I
  5. Artículo 1. Definición.
  6. Artículo 2. Incompatibilidad.
  7. Artículo 3. Personas beneficiarias.
  8. Artículo 4. Requisitos de las personas beneficiarias.
  9. Artículo 5. Obligaciones de las personas solicitantes y beneficiarias.
  10. CAPÍTULO II
  11. Artículo 6. Importe del Ingreso Canario de Emergencia (ICE). 2 redacciones · cambió el 08/05/2020
  12. Artículo 7. Duración.
  13. Artículo 8. Inicio del procedimiento, forma y plazo de presentación de solicitudes.
  14. Artículo 9. Comprobación de los requisitos.
  15. Artículo 10. Resolución, notificación y pago.
  16. TÍTULO II
  17. CAPÍTULO I
  18. Artículo 11. Tramitación de solicitudes de la Prestación Canaria de Inserción (PCI) durante el estado de alarma. 2 redacciones · cambió el 08/05/2020
  19. Artículo 12. Verificación extraordinaria.
  20. Artículo 13. Renovación de la Prestación Canaria de Inserción (PCI).
  21. CAPÍTULO II
  22. Artículo 14. Actualización de las cuantías de la ayuda económica básica de la Prestación Canaria de Inserción (PCI).
  23. CAPÍTULO III
  24. Artículo 15. De la cobertura presupuestaria.
  25. TÍTULO III
  26. Artículo 16. Exoneración del pago de la renta de viviendas protegidas.
  27. Disposición adicional primera. Habilitación a la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud y a la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda.
  28. Disposición adicional segunda. Programa de ayudas directas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual.
  29. Disposición final única. Entrada en vigor.
  30. [firma]