Legislación › Ley 10/1985, de 16 de diciembre, de Protección y Modernización de la Empresa Familiar Agraria.
Artículo 29.
Artículo 29.
El incumplimiento del Plan de Modernización o de las obligaciones impuestas por esta Ley darán lugar a que la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca previo expediente, aplique las sanciones pertinentes que, en su caso, podrán consistir en el vencimiento anticipado de los préstamos concedidos y reintegro de las subvenciones y demás beneficios, si los hubiere, otorgados, incrementados en el interés establecido para dichos préstamos, actualizando el importe de tales subvenciones con arreglo al índice de precios al consumo.


