LexTotal

Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.

Artículo 26.

Artículo 26.

1. Quien haya perdido la nacionalidad española podrá recuperarla cumpliendo los siguientes requisitos:

a) Ser residente legal en España. Este requisito no será de aplicación a los emigrantes ni a los hijos de emigrantes. En los demás casos podrá ser dispensado por el Ministro de Justicia cuando concurran circunstancias excepcionales.

b) Declarar ante el encargado del Registro Civil su voluntad de recuperar la nacionalidad española.

c) Inscribir la recuperación en el Registro Civil.

2. No podrán recuperar o adquirir, en su caso, la nacionalidad española sin previa habilitación concedida discrecionalmente por el Gobierno, los que se encuentren incursos en cualquiera de los supuestos previstos en el artículo anterior.

Téngase en cuenta el Convenio de nacionalidad entre el Reino de España y la República Francesa, hecho en Montauban el 15 de marzo de 2021, BOE-A-2022-4916, así como la Instrucción de 31 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerdan los criterios para la aplicación del Convenio de nacionalidad entre el Reino de España y la República Francesa. BOE-A-2022-5573

Se modifica por el art. único de la Ley 36/2002, de 8 de octubre. BOE-A-2002-19484.

Se modifica por el art. único de la Ley 29/1995, de 2 de noviembre. BOE-A-1995-23931.

Se modifica por el art. único de la Ley 18/1990, de 17 de diciembre. BOE-A-1990-30520.

Se modifica por el art. único de la Ley 51/1982, de 13 de julio. BOE-A-1982-19493.

Se modifica por el art. 1 de la Ley de 15 de julio de 1954. BOE-A-1954-10882.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de abril de 2022 En vigor BOE-A-2022-5573 Leer Qué cambió
9 de enero de 2003 BOE-A-2002-19484 Leer Qué cambió
4 de enero de 1996 BOE-A-1995-23931 Leer Qué cambió
7 de enero de 1991 BOE-A-1990-30520 Leer Qué cambió
19 de agosto de 1982 BOE-A-1982-19493 Leer Qué cambió
5 de agosto de 1954 BOE-A-1954-10882 Leer Qué cambió
16 de agosto de 1889 Texto original Leer

← Art 25 Índice Art 27 →