Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 436.
Artículo 436.
Se presume que la posesión se sigue disfrutando en el mismo concepto en que se adquirió, mientras no se pruebe lo contrario.
Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Artículo 436.
Se presume que la posesión se sigue disfrutando en el mismo concepto en que se adquirió, mientras no se pruebe lo contrario.
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