Legislación › Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil.
Sección quinta
Sección quinta. De los efectos de la nulidad del matrimonio y los de separación de los cónyuges
Se modifica la rúbrica por el art. 2 de la Ley de 24 de abril de 1958. BOE-A-1958-6677.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de mayo de 1958 En vigor | BOE-A-1958-6677 | Leer | Qué cambió |
| 16 de agosto de 1889 | Texto original | Leer |


