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Legislación › Real decreto de 24 de abril de 1905 aprobatorio del adjunto reglamento para la administración y régimen de las reses mostrencas.

Artículo 22.

Artículo 22.

Aprobada por la Asociación la cuenta de gastos y productos, ingresará en la misma el importe de la res vendida y de sus productos, deducidos los gastos del modo y forma que la Asociación determine.

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