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Legislación › Decreto de 12 de noviembre de 1931 disponiendo que los Protocolos de más de cien años de antigüedad queden incorporados al servicio del Cuerpo facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos para reorganizarlos como Archivos históricos.

Artículo 6.

Artículo 6.

La Junta facultativa del Cuerpo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos formará las plantillas del personal facultativo, auxiliar y subalterno, que considere precisas para el mejor servicio de estos Archivos.

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