Legislación › Decreto de 12 de noviembre de 1931 disponiendo que los Protocolos de más de cien años de antigüedad queden incorporados al servicio del Cuerpo facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos para reorganizarlos como Archivos históricos.
Artículo 6.
Artículo 6.
La Junta facultativa del Cuerpo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos formará las plantillas del personal facultativo, auxiliar y subalterno, que considere precisas para el mejor servicio de estos Archivos.


