Legislación › Decreto de 23 de agosto de 1934 (rectificado), aprobando el Reglamento de Policía Minera y Metalúrgica.
Artículo 55.
Artículo 55.
(Derogado).
Se deroga por el art. 2 del Decreto 416/1964, de 6 de febrero. BOE-A-1964-5030
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de junio de 1964 En vigor | BOE-A-1964-5030 | Leer | Qué cambió |
| 6 de octubre de 1934 | Texto original | Leer |


