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Legislación › Decreto de 23 de agosto de 1934 (rectificado), aprobando el Reglamento de Policía Minera y Metalúrgica.

CAPÍTULO X

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de octubre de 1934 y la del 20 de julio de 1962. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

CAPÍTULO X
Depósitos interiores de explosivos y sus accesorios, para el servicio local de las minas

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de julio de 1962 En vigor BOE-A-1962-12725 Leer Qué cambió
6 de octubre de 1934 Texto original Leer

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