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Legislación › Decreto de 17 de octubre de 1947 por el que se aprueba el texto refundido y modificado de las Ordenanzas Generales de la Renta de Aduanas.

Artículo 273.

Artículo 273.

La Dirección General de Aduanas fijará las modalidades de aplicación de lo previsto en el presente capítulo.

Se modifica por el apartado 1 de la Orden de 24 de febrero de 1967. BOE-A-1967-3920.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de marzo de 1967 En vigor BOE-A-1967-3920 Leer Qué cambió
1 de octubre de 1948 Texto original Leer

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