Legislación › Decreto de 14 de febrero de 1947 por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario.
TÍTULO DUODÉCIMO
TÍTULO DUODÉCIMO
De la responsabilidad disciplinaria de los Registradores
Se modifica por el art. único del Real Decreto 1526/1988, de 16 de diciembre. BOE-A-1988-29176.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de enero de 1989 En vigor | BOE-A-1988-29176 | Leer | Qué cambió |
| 6 de mayo de 1947 | Texto original | Leer |


