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Legislación › Orden de 16 de mayo de 1957 por la que se aprueba el Reglamento del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos.

Artículo 11. De los Vicepresidentes.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de junio de 1957 y la del 24 de marzo de 1985. Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (25 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 11. Del Vicepresidente. De los Vicepresidentes.
El Vicepresidente sustituirá Sustituirán al Presidente en los casos necesarios. previstos en el artículo 6, apartado tres, siguiendo la prelación señalada en el mismo por orden de antigüedad en la colegiacion.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de marzo de 1985 En vigor BOE-A-1985-3514 Leer Qué cambió
25 de junio de 1957 Texto original Leer

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