Legislación › Orden de 13 de octubre de 1967 por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo de la prestación por incapacidad laboral transitoria en el Régimen general de la Seguridad Social.
Artículo 18. En caso de maternidad.
Artículo 18. En caso de maternidad.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.b) del Real Decreto 1251/2001, de 16 de noviembre. BOE-A-2001-21491.
Se añade el apartado 4 por el art. único.2 de la Orden de 21 de marzo de 1974. BOE-A-1974-645.
Redactado el apartado 3 conforme a la corrección de errores publicada en el BOE núm. 267, de 8 de noviembre de 1967. BOE-A-1967-19569.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de diciembre de 2001 En vigor | BOE-A-2001-21491 | Leer | Qué cambió |
| 9 de mayo de 1974 | BOE-A-1974-645 | Leer | Qué cambió |
| 24 de noviembre de 1967 | Texto original | Leer |


