Legislación › Decreto 2766/1967, de 16 de noviembre, por el que se dictan normas sobre prestaciones de asistencia sanitaria y ordenación de los servicios médicos en el Régimen General de la Seguridad Social.
Artículo veintiocho. Servicios médicos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de mayo de 1990 y la del 2 de marzo de 1995.
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Artículo veintiocho. Servicios médicos.
Uno. La asistencia médica comprenderá las siguientes modalidades: (Derogado)
Medicina General.
Medicina de Urgencia.
Las especialidades de:
Cirugía General.
Cirugías Especializadas.
Traumatología y Ortopedia.
Otorrinolaringología
Oftalmología.
Urología.
Ginecología.
Tocología y Maternología.
Odontología.
Aparatos Respiratorio y Circulatorio.
Aparato Digestivo.
Dermatología
Pediatría-Puericultura.
Nutrición y Secreciones internas.
Neuropsiquiatría.
Electrología y Radiología.
Hematología-Hemoterapia
Análisis Clínicos.
Anatomía Patológica e Histopatología.
Anestesia Reanimación.
Dos. El Ministerio de Trabajo, a propuesta del Instituto Nacional de Previsión, podrá acordar la ampliación y modificación de las especialidades enunciadas en el número anterior, previo informe de la Comisión Especial de Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social.
Tres. Dicha asistencia comprenderá además el internamiento quirúrgico y los servicios de tratamiento y estancias en Centros sanitarios, así como las practicas de rehabilitación que se estimen precisas, de conformidad con las posibilidades de los servidos especializados.
Cuatro. Los especialistas realizarán la asistencia completa dentro de su especialidad, incluido, en su caso, la práctica de las técnicas quirúrgicas correspondientes. La actuación de los especialistas para los servicios que tengan jerarquizada la asistencia se acomodará a la estructura orgánica de los mismos.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de marzo de 1995 En vigor | BOE-A-1995-3554 | Leer | Qué cambió |
| 11 de mayo de 1990 | BOE-A-1990-10500 | Leer | Qué cambió |
| 18 de diciembre de 1967 | Texto original | Leer |


