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Decreto 2766/1967, de 16 de noviembre, por el que se dictan normas sobre prestaciones de asistencia sanitaria y ordenación de los servicios médicos en el Régimen General de la Seguridad Social.

Derogada o sin vigencia Ministerio de Trabajo · Publicada el 28 de noviembre de 1967 · Último cambio el 29 de julio de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 3 redacciones · cambió el 29/07/2015
  2. Preámbulo
  3. CAPÍTULO I
  4. Sección primera
  5. Artículo primero. Normas aplicables. 2 redacciones · cambió el 10/02/1995
  6. Sección segunda
  7. Artículo segundo. Beneficiarios. 4 redacciones · cambió el 15/11/1972
  8. Artículo tercero. Condiciones para ser titular del derecho a la asistencia sanitaria.
  9. Artículo cuarto. Reconocimiento de la condición de beneficiario.
  10. Artículo quinto. Nacimiento y efectividad del derecho a asistencia sanitaria. 2 redacciones · cambió el 31/12/1987
  11. Artículo sexto. Duración de la asistencia sanitaria. 5 redacciones · cambió el 04/08/2012
  12. Artículo séptimo. Extinción del derecho a la asistencia sanitaria.
  13. Artículo octavo. Reconocimientos médicos periódicos.
  14. Artículo noveno. Derecho de elección de facultativo. 2 redacciones · cambió el 05/10/1993
  15. Sección tercera
  16. Artículo diez. Beneficiarios.
  17. Artículo once. Contenido de la asistencia sanitaria.
  18. Artículo doce. Duración de la asistencia sanitaria.
  19. Artículo trece. Reconocimientos médicos periódicos.
  20. Sección cuarta
  21. Artículo catorce. Beneficiarias. 2 redacciones · cambió el 15/11/1972
  22. Artículo quince. Contenido. 2 redacciones · cambió el 10/02/1995
  23. Sección quinta
  24. Artículo dieciséis. Legitimación activa.
  25. Artículo diecisiete. Obligaciones del beneficiario.
  26. Artículo dieciocho. Asistencia sanitaria prestada por servicios ajenos a la Seguridad Social. 3 redacciones · cambió el 18/10/1973
  27. Artículo diecinueve. Hospitalización no quirúrgica. 2 redacciones · cambió el 10/02/1995
  28. Artículo veinte. Documentación.
  29. CAPÍTULO II
  30. Sección primera
  31. Artículo veintiuno. Competencia del Instituto Nacional de Previsión. 3 redacciones · cambió el 10/02/1995
  32. Artículo veintidós. Ámbito territorial. 3 redacciones · cambió el 10/02/1995
  33. Artículo veintitrés. Zonas médicas. 3 redacciones · cambió el 10/02/1995
  34. Artículo veinticuatro. Servicios provinciales. 3 redacciones · cambió el 10/02/1995
  35. Artículo veinticinco. Servicios nacionales y regionales. 3 redacciones · cambió el 10/02/1995
  36. Artículo veintiséis. Servicios jerarquizados. 4 redacciones · cambió el 31/07/1971
  37. Artículo veintisiete. Determinación de Zonas Médicas y de Sectores y Subsectores de Especialidades. 3 redacciones · cambió el 10/02/1995
  38. Sección segunda
  39. Artículo veintiocho. Servicios médicos. 3 redacciones · cambió el 10/02/1995
  40. Artículo veintinueve. Modalidades de la asistencia médica. 3 redacciones · cambió el 10/02/1995
  41. Artículo treinta. Asistencia domiciliaria. 4 redacciones · cambió el 31/07/1971
  42. Artículo treinta y uno. Asistencia ambulatoria. 5 redacciones · cambió el 31/07/1971
  43. Artículo treinta y dos. Asistencia de urgencia. 3 redacciones · cambió el 10/02/1995
  44. Artículo treinta y tres. Asistencia en régimen de internamiento. 3 redacciones · cambió el 10/02/1995
  45. Artículo treinta y cuatro. Cupo base de Medicina General. 2 redacciones · cambió el 10/05/1990
  46. Artículo treinta y cinco. Cupos de Especialidades. 3 redacciones · cambió el 31/07/1971
  47. Artículo treinta y seis. Cupos máximos. 2 redacciones · cambió el 10/05/1990
  48. Artículo treinta y siete. Limitaciones en los cupos. 2 redacciones · cambió el 10/05/1990
  49. Artículo treinta y ocho. Elección de Médico general. 3 redacciones · cambió el 05/10/1993
  50. Artículo treinta y nueve. Elección de Pediatra-Puericultor de familia y Tocólogo. 3 redacciones · cambió el 05/10/1993
  51. Artículo cuarenta. Especialidades a cargo del Médico general. 2 redacciones · cambió el 10/05/1990
  52. Artículo cuarenta y uno. Adscripción de titulares. 2 redacciones · cambió el 10/05/1990
  53. Artículo cuarenta y dos. Plazas de Médicos generales. 2 redacciones · cambió el 10/05/1990
  54. Artículo cuarenta y tres. Plazas de Médicos Especialistas. 3 redacciones · cambió el 31/07/1971
  55. Artículo cuarenta y cuatro. Alteración del número de plazas. 3 redacciones · cambió el 31/07/1971
  56. Artículo cuarenta y cinco. Plazas de los servicios nacionales, regionales y jerarquizados. 2 redacciones · cambió el 10/05/1990
  57. Artículo cuarenta y seis. Plazas de Médicos de los Servicios de Urgencia. 2 redacciones · cambió el 10/05/1990
  58. Artículo cuarenta y siete. Plazas de Médicos internos y Médicos residentes. 2 redacciones · cambió el 10/05/1990
  59. Artículo cuarenta y ocho. Plazas de Médicos Ayudantes. 2 redacciones · cambió el 10/05/1990
  60. DISPOSICIÓN FINAL 2 redacciones · cambió el 10/02/1995
  61. DISPOSICIONES TRANSITORIAS
  62. Primera. 2 redacciones · cambió el 10/05/1990
  63. Segunda.
  64. Tercera.
  65. Cuarta. 2 redacciones · cambió el 15/11/1972
  66. Firma