Legislación › Orden de 13 de febrero de 1967 por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo de las prestaciones de muerte y supervivencia del Régimen General de la Seguridad Social.
Artículo 16. Beneficiarios.
Artículo 16. Beneficiarios.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.c) del Real Decreto 1647/1997, de 31 de octubre. BOE-A-1997-24163.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de noviembre de 1997 En vigor | BOE-A-1997-24163 | Leer | Qué cambió |
| 15 de marzo de 1967 | Texto original | Leer |


