Legislación › Instrumento de ratificación del Convenio del Consejo Internacional para la Exploración del Mar, firmado el día 12 de septiembre de 1964.
Artículo 12
Artículo 12
El Consejo creará un Comité Consultivo, un Comité de Cuestiones Financieras y cualquier otro comité necesario para el cumplimiento de su misión. El Reglamento Interior determinará las atribuciones de cada uno de dichos Comités.


