Legislación › Orden de 18 de febrero de 1970 por la que se aprueban los Estatutos generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos
Artículo 24. Convocatorias.
Artículo 24. Convocatorias.
Las convocatorias para las reuniones de la Junta Directiva del Colegio se harán por escrito firmado por el Secretario por orden del Decano-Presidente, con diez días de antelación, por lo menos, e irán acompañadas del orden del día correspondiente.
No podrá ser tratado asunto alguno que no figure consignado en dicho orden del día, salvo que surgiera otro de extraordinaria urgencia e interés de la mayoría de los asistentes.


