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Legislación › Instrumento de Ratificación del Convenio General entre el Gobierno Español y el Gobierno de Portugal sobre Seguridad Social, firmado en Madrid el día 11 de junio de 1969.

Artículo 10/3.

Artículo 10/3.

Para la conservación del derecho a asistencia sanitaria para las personas a que se refiere el artículo 10/1, párrafo 2, y sus familiares, los interesados deberán presentar ante el Organismo del lugar de residencia o estancia un formulario, expedido por el Organismo competente, que acredite su derecho.

Se añade por el art. 3 del Acuerdo Internacional de 7 de mayo de 1973. BOE-A-1978-14311

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