Legislación › Decreto 2065/1974, de 30 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Artículo 115. Supuestos especiales.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de julio de 1974 y la del 8 de febrero de 1991.
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Artículo 115. Supuestos especiales.
1. Cuando las circunstancias geográficas, demográficas y laborales de una localidad lo aconsejen, a juicio y según las condiciones que al efecto fije el Ministerio de Trabajo, a propuesta de la Entidad Gestora, los Médicos, Practicantes y Matronas titulares de los Servicios Sanitarios locales tendrán el derecho y el deber, exclusivamente por el tiempo que dure su nombramiento como tales, de desempeñar los servicios sanitarios correspondientes, respectivamente, a plazas de Médicos generales, Practicantes y Matronas del Régimen General de dicha localidad.
2. En las zonas médicas en las que no existan Médicos especialistas de Pediatría, Puericultura o de Tocología, los Médicos generales al servicio de la Seguridad Social prestarán asistencia a la población infantil y, en su caso, a las gestantes y parturientas, sin perjuicio de que los beneficiarios puedan ser asistidos por los especialistas correspondientes de la circunscripción territorial de rango inmediato superior en los casos y en las formas que reglamentariamente se determinen.
3. Tan pronto se produzca una vacante y hasta tanto se provea con carácter definitivo será cubierta interinamente por el facultativo o auxiliar técnico-sanitario que designe la Entidad Gestora. Las plazas cubiertas interinamente no pierden su condición de vacantes y se incluirán necesariamente en la primera convocatoria que se formule de acuerdo con el artículo 113. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de abril de 2012 En vigor | BOE-A-2012-5403 | Leer | Qué cambió |
| 9 de enero de 1999 | BOE-A-1999-460 | Leer | Qué cambió |
| 8 de febrero de 1991 | BOE-A-1991-3329 | Leer | Qué cambió |
| 21 de julio de 1974 | Texto original | Leer |


