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Legislación › Ley 10/1975, de 12 de marzo, sobre Regulación de la Moneda Metálica.

Artículo tercero.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1975 y la del 18 de enero de 1989. Tachado: lo que se quitó (28 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo tercero.
Las leyes aprobatorias de los Presupuestos Generales del Estado señalarán, para el período de su respectiva vigencia, el límite máximo que podrá alcanzar la circulación de moneda metálica. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de enero de 1989 En vigor BOE-A-1988-29563 Leer Qué cambió
3 de abril de 1975 Texto original Leer

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