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Legislación › Decreto 573/1976, de 26 de febrero, por el que se reconoce a la Academia de la Lengua Vasca bajo la denominación de Real Academia de la Lengua Vasca.

Artículo cuadragésimo.

Artículo cuadragésimo.

La Academia publicará un boletín periódico, donde figurarán, juntamente con trabajos lingüísticos y literarios, las actas y acuerdos de la institución. Asimismo, editará trabajos que concuerden con sus fines.

Se modifica por el art. único del Real Decreto 272/2000, de 25 de febrero. BOE-A-2000-4328.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
5 de marzo de 2000 En vigor BOE-A-2000-4328 Leer Qué cambió
14 de abril de 1976 Texto original Leer

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