Legislación › Decreto 573/1976, de 26 de febrero, por el que se reconoce a la Academia de la Lengua Vasca bajo la denominación de Real Academia de la Lengua Vasca.
Artículo cuadragésimo.
Artículo cuadragésimo.
La Academia publicará un boletín periódico, donde figurarán, juntamente con trabajos lingüísticos y literarios, las actas y acuerdos de la institución. Asimismo, editará trabajos que concuerden con sus fines.
Se modifica por el art. único del Real Decreto 272/2000, de 25 de febrero. BOE-A-2000-4328.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de marzo de 2000 En vigor | BOE-A-2000-4328 | Leer | Qué cambió |
| 14 de abril de 1976 | Texto original | Leer |


