LexTotal

Legislación › Decreto 573/1976, de 26 de febrero, por el que se reconoce a la Academia de la Lengua Vasca bajo la denominación de Real Academia de la Lengua Vasca.

Artículo trigésimo segundo.

Artículo trigésimo segundo.

La elección y toma de posesión de los miembros de la Junta de Gobierno tendrán lugar en el último trimestre del año.

← Artículo trigésimo primero Índice Artículo trigésimo tercero →