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Legislación › Orden de 2 de mayo de 1977 por la que se modifica la Ordenanza Laboral para la actividad de Profesionales de la Música.

Artículo 56.

Artículo 56.

Será de aplicación a todo el personal incluido en esta Ordenanza lo dispuesto en el Decreto 2133/1975, de 24 de julio, y Orden de 29 de noviembre del mismo año.

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