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Legislación › Real Decreto 2434/1977, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo Especial de Controladores de la Circulación Aérea.

Artículo veintinueve.

Artículo veintinueve.

Respecto de las situaciones en que se encuentre el personal del Cuerpo, será de aplicación, con carácter general, lo dispuesto en la Ley de Funcionarios Civiles del Estado.

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