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Legislación › Ley 8/1977, de 4 de enero, sobre derechos pasivos del personal militar de las escalas no profesionales de los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire.

Artículo trece.

Artículo trece.

La presente Ley entrara en vigor en la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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