Legislación › Instrumento de Adhesión de España a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, hecha en Ginebra el 28 de julio de 1951, y al Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados, hecho en Nueva York el 31 de enero de 1967.
Artículo III. Información sobre legislación nacional.
Artículo III. Información sobre legislación nacional.
Los Estados Partes en el presente Protocolo comunicarán al Secretario general de las Naciones Unidas el texto de las leyes y los reglamentos que promulgaren para garantizar la aplicación del presente Protocolo.


