Legislación › Orden de 31 de enero de 1978 por la que se reglamentan los vinos aromatizados y el biter-soda.
Art. 11
Art. 11
En la elaboración de las bebidas a que se refiere esta disposición se consideran como prácticas condicionadas las prevista en el anexo número 11 del Decreto 835/1972, cuya autorización está subordinada al cumplimiento de los requisitos que establece el punto 2 de su artículo 56.


