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Legislación › Orden de 31 de enero de 1978 por la que se reglamentan los vinos aromatizados y el biter-soda.

Art. 11

Art. 11

En la elaboración de las bebidas a que se refiere esta disposición se consideran como prácticas condicionadas las prevista en el anexo número 11 del Decreto 835/1972, cuya autorización está subordinada al cumplimiento de los requisitos que establece el punto 2 de su artículo 56.

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