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Legislación › Orden de 9 de enero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento del juego del bingo.

Artículo 6.º Empresas de servicios.

Artículo 6.º Empresas de servicios.

1. La organización y explotación del juego del bingo deberá realizarse directamente por las empresas titulares de la autorización. En el caso de las entidades reguladas en los artículos 4.º, apartado a), y 5.º de este Reglamento, la organización y explotación del juego del bingo podrá ser contratada con una empresa de servicios.

2. Las empresas de servicios a que se refiere el apartado anterior habrán de reunir los requisitos exigidos en el artículo 4.º, apartado b), para las empresas titulares

Se modifica por el apartado único.3 de la Orden INT/2499/2002, de 4 de octubre. BOE-A-2002-19686.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de octubre de 2002 En vigor BOE-A-2002-19686 Leer Qué cambió
25 de enero de 1979 Texto original Leer

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