LexTotal

Legislación › Ley 16/1979, de 2 de octubre, sobre tasas de la Jefatura Central de Tráfico.

Artículo 9.

Artículo 9.

Administración.–La gestión directa y efectiva de las tasas objeto de esta Ley estará a cargo del Organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.

← Artículo 8 Índice Artículo 10 →