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Legislación › Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 87/1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados.

Artículo 52. Gobierno de la Entidad.

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Artículo 52. Gobierno de la Entidad.
La Entidad Estatal de Seguros Agrarios estará regida por:
a) El Presidente, que lo será el Director general del Servicio Nacional Subsecretario de Productos Agrarios. Agricultura, Pesca y Alimentación.
b) La Comisión General en la que junto a los Ministerios de Agricultura y Hacienda participarán las Organizaciones y Asociaciones de Agricultores y Ganaderos.
c) El Director de la Entidad, que será designado por el Ministerio de Agricultura.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de julio de 2024 En vigor BOE-A-2024-15212 Leer Qué cambió
29 de octubre de 1979 Texto original Leer

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