Legislación › Real Decreto 3306/1978, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de los Colegios Profesionales de Delineantes.
Artículo 53.
Artículo 53.
Los Colegios formularán anualmente sus presupuestos de gastos e ingresos, que elevarán al Consejo para su conocimiento en los diez primeros días del mes de diciembre.


