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Legislación › Real Decreto 3306/1978, de 15 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de los Colegios Profesionales de Delineantes.

Artículo 53.

Artículo 53.

Los Colegios formularán anualmente sus presupuestos de gastos e ingresos, que elevarán al Consejo para su conocimiento en los diez primeros días del mes de diciembre.

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