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Legislación › Orden de 19 de febrero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento de pruebas de Armas de Fuego Portátiles y sus Municiones.

Artículo 47.

Artículo 47.

Los acuerdos tomados por la Junta administrativa se consignarán en un libro de actas autorizado con la firma de cuantos hubiesen asistido a la reunión.

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