Legislación › Orden de 19 de febrero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento de pruebas de Armas de Fuego Portátiles y sus Municiones.
Artículo 47.
Artículo 47.
Los acuerdos tomados por la Junta administrativa se consignarán en un libro de actas autorizado con la firma de cuantos hubiesen asistido a la reunión.


