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Legislación › Real Decreto 485/1980, de 22 de febrero, por el que se regula el procedimiento a seguir en los expedientes para la declaración de responsabilidad administrativa y resarcimiento por daños a los bienes de los miembros del Instituto de la Guardia Civil.

Artículo decimonoveno.

Artículo decimonoveno.

Cuando el Instructor considere realizadas las diligencias precisas, concluirá el expediente con la propuesta de resolución en su informe y remitirá, en pliego cerrado, todas las actuaciones al Director general de la Guardia Civil.

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