Legislación › Ley 3/1980, de 10 de enero, de regulación de cuotas de pantalla y distribución cinematográfica.
Articulo segundo.
Articulo segundo.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria del Real Decreto Legislativo 1257/1986, de 13 de junio. BOE-A-1986-16988
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de julio de 1986 En vigor | BOE-A-1986-16988 | Leer | Qué cambió |
| 12 de enero de 1980 | Texto original | Leer |


