Legislación › Orden de 10 de abril de 1980 por la que se aprueba el Reglamento para el Suministro y Venta de Carburantes y Combustibles Líquidos objeto del Monopolio de Petróleos.
Art 35.
Art 35.
Los concesionarios podrán vender en las instalaciones de Ias estaciones de servicio, accesorios, recambios y demás elementos relacionados con la industria del automóvil, siempre que no constituyan peligro o molestia para el desenvolvimiento de la actividad principal.


