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Legislación › Real Decreto 1011/1981, de 10 de abril, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de grasas comestibles (animales, vegetales y anhidras), margarinas, minarinas y preparados grasos.

Artículo 34. Importación.

Artículo 34. Importación.

(Derogado)

Se deroga por el art. 10 del Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo. BOE-A-2013-3402

Se deroga, en todo lo referente a las grasas animales fundidas, por la disposición derogatoria única.4 del Real Decreto 218/1999, de 5 de febrero. BOE-A-1999-4526.

Se modifica por el art. único.5 del Real Decreto 1356/1991, de 13 de septiembre. BOE-A-1991-23408.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de marzo de 2013 En vigor BOE-A-2013-3402 Leer Qué cambió
7 de octubre de 1991 BOE-A-1991-23408 Leer Qué cambió
26 de marzo de 1999 BOE-A-1999-4526 Leer Qué cambió
21 de junio de 1981 Texto original Leer

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