Legislación › Real Decreto 1011/1981, de 10 de abril, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de grasas comestibles (animales, vegetales y anhidras), margarinas, minarinas y preparados grasos.
Artículo 35. Responsabilidad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de junio de 1981 y la del 30 de marzo de 2013.
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Artículo 35. Responsabilidad.
La responsabilidad inherente a la identidad, integridad, calidad y composición del producto contenido en envases no abiertos ni deteriorados corresponde al fabricante. (Derogado)
Corresponde al tenedor del producto, contenido en envases abiertos o no, la responsabilidad inherente a los deterioros sufridos como consecuencia de su defectuosa conservación o manipulación indebida.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de marzo de 2013 En vigor | BOE-A-2013-3402 | Leer | Qué cambió |
| 21 de junio de 1981 | Texto original | Leer |


