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Legislación › Orden de 19 de enero de 1981 por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras de Barcelona.

Artículo 33.

Artículo 33.

Las Secciones se reunirán en sesión ordinaria una vez al mes para tratar de los concursos científicos y premios, y cuando lo acuerde la Junta de Gobierno o el Presidente de la Sección para el despacho de los asuntos que sean urgentes o de especial interés e importancia.

A las sesiones de las Secciones podrán asistir todos los Académicos de número que lo deseen, con voz pero sin voto.

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