Legislación › Real Decreto 1124/1982, de 30 de abril, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración, Fabricación, Circulación y Comercio de Galletas.
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5. HUMEDAD DE LOS PRODUCTOS REGULADOS POR ESTA REGLAMENTACIÓN.
La humedad no excederá de las cifras señaladas a continuación para cada tipo de elaboraciones:
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Galletas simples – Porcentaje |
Bizcochos – Porcentaje |
Cubiertas o rellenas – Porcentaje |
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|---|---|---|---|
| Humedad. | 6 | 10 | 10 |
Se modifica por el art. 3 del Real Decreto 142/2026, de 25 de febrero. BOE-A-2026-4519
Se derogan los puntos 1, 2.1, 2.2, 2.5 y 3 por el art. 17 del Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo. BOE-A-2013-3402.
Se deroga el apartado 5.2.3 por el art. 1.d) del Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero. BOE-A-2010-3032.
Se modifica el apartado 5.2.5 por el art. único del Real Decreto 2812/1983, de 13 de octubre. BOE-A-1983-29111.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de marzo de 2026 En vigor | BOE-A-2026-4519 | Leer | Qué cambió |
| 30 de marzo de 2013 | BOE-A-2013-3402 | Leer | Qué cambió |
| 26 de febrero de 2010 | BOE-A-2010-3032 | Leer | Qué cambió |
| 11 de noviembre de 1983 | BOE-A-1983-29111 | Leer | Qué cambió |
| 24 de junio de 1982 | Texto original | Leer |


