Legislación › Real Decreto 2655/1982, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto General de los Colegios de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias.
Artículo 23. Composición.
Artículo 23. Composición.
Pueden participar con voz y voto en las Juntas generales de un Colegio todos los colegiados del mismo que estén en la plenitud de sus derechos.


