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Legislación › Real Decreto 2655/1982, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto General de los Colegios de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias.

Artículo 23. Composición.

Artículo 23. Composición.

Pueden participar con voz y voto en las Juntas generales de un Colegio todos los colegiados del mismo que estén en la plenitud de sus derechos.

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