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Legislación › Instrucción de 16 de mayo de 1983, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre nacionalidad española.

Tercera.

Tercera.

La concesión de la nacionalidad española por residencia, tanto en el caso general de los diez años como para los plazos abreviados de dos o de un año, requiere la decisión del Ministro de Justicia y puede ser denegada por motivos de orden público o interés nacional.

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