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Legislación › Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Artículo 56.

Artículo 56.

Extinción de los órganos creación o de categoría superior a Servicio, excepto Consejerías, así como cualquier variación en su denominación o competencias, se llevarán a cabo en los términos y con los límites previstos en el artículo 20 j).

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