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Legislación › Ley 4/1983 de 27 de Junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales.

Artículo 14.

Artículo 14.

La Comisión Permanente se reunirá, al menos, una vez al mes y siempre que sea convocada por su Presidente, adoptando sus acuerdos por mayoría absoluta de sus miembros, con derecho a voto.

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