Legislación › Ley 4/1983 de 27 de Junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales.
Artículo 14.
Artículo 14.
La Comisión Permanente se reunirá, al menos, una vez al mes y siempre que sea convocada por su Presidente, adoptando sus acuerdos por mayoría absoluta de sus miembros, con derecho a voto.


