Legislación › Real Decreto 437/1983, de 9 de febrero, sobre constitución y funcionamiento del Consejo Fiscal.
Artículo 5.
Artículo 5.
Los acuerdos decisorios de naturaleza sancionadora del Consejo Fiscal serán susceptibles de recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional.
Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 232/2005, de 4 de marzo. BOE-A-2005-4408.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 18 de marzo de 2005 En vigor | BOE-A-2005-4408 | Leer | Qué cambió |
| 27 de marzo de 1983 | Texto original | Leer |


