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Legislación › Ley 2/1984, de 16 de abril, sobre uso de la Bandera y el Escudo de Aragón.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

La Diputación General, por Decreto, hará público el modelo oficial del Escudo de Aragón regulado por la presente Ley y establecerá las normas precisas sobre confección y características materiales de la Bandera de Aragón.

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