Legislación › Real Decreto 1024/1984, de 23 de mayo, por el que se aprueban las Reales Ordenanzas de la Armada.
Art. 378.
Art. 378.
Cuando por razones extraordinarias forme la tropa para entrar en el comedor lo hará al mando del Capitán de guardia auxiliado por los Oficiales y Suboficiales de guardia interior.


